jueves, 27 de noviembre de 2008

Calendario de los planes de extinción e implantación de las nuevas titulaciones de Grado


Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 1 PLANES DE IMPLANTACIÓN Y PLANES DE EXTINCIÓN.

CALENDARIO Y CONDICIONES DE APLICACIÓN
(Aprobado en Consejo de Gobierno del 24 de junio de 2008)
Introducción
Según se establece en la DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA del RD 1393/2007, apartado 1, "La implantación por las universidades de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos previstos por este Real Decreto, podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista en el correspondiente plan de estudios". Asimismo, en el apartado 2 se dispone que "En el curso académico 2010-2011 no podrán ofertarse plazas de nuevo ingreso en primer curso para las actuales titulaciones de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico".
Por otro lado, la DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA del citado Real Decreto establece que "Los alumnos que hayan comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrán acceder a las enseñanzas reguladas en este Real Decreto, previa admisión de la Universidad correspondiente de acuerdo con lo establecido en este Real Decreto y en la normativa de la propia universidad".
Por último, en la DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA del RD 1393/2007 se dispone que "A los estudiantes que en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, hubiesen iniciado estudios universitarios oficiales conforme a anteriores ordenaciones, les serán de aplicación las disposiciones reguladoras por las que hubieran iniciado sus estudios, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda de este Real Decreto, hasta el 30 de septiembre de 2015, en que quedarán definitivamente extinguidas".
Teniendo en cuenta esta normativa, así como lo dispuesto en el art. 11.2.3 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, procede aprobar un calendario de implantación de los nuevos títulos de Grado, junto con un calendario de Extinción de las antiguas titulaciones, así como la normativa y condiciones de aplicación de dichos calendarios.
Este calendario y su procedimiento de aplicación tienen como objetivos, además de responder a la obligación normativa derivada de los citados Reales Decretos, favorecer la movilidad de los estudiantes de las enseñanzas actuales a las enseñanzas de Grado en las mejores condiciones posibles. De Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 2
este modo se pretende por una parte garantizar los niveles adecuados de formación de las materias en extinción y la obtención de resultados de aprendizaje, y por otra facilitar su posible incorporación a las enseñanzas de Grado en el momento en que el estudiante se vea obligado a hacerlo, o en el que estime conveniente.
1. Calendarios:
1.1 Calendario de implantación de Grados y extinción de la Licenciatura o Ingeniería a la que han dado relevo.
a) Supuestos en que se inicie la implantación del Grado en el curso 2009/2010
2009/10
2010/11
2011/12
2012/13
2013/2014
2014/2015
Implantación
1º Grado
Implantación
2º Grado
Implantación
3º G
Implantación
4º G
Ext 1º(1)
Ext Adaptación (en sucaso) (1)
Ext 1º (2)
Ext 2º (1)
Ext Adaptación (en su caso) (2)
Ext 2º(2)
Ext 3º(1)
Ext 3º (2)
Ext 4º (1)
Ext 4º(2)
Ext 5º (1)
Ext 5º (2)
Tribunal de Compensación

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