miércoles, 1 de octubre de 2008

Criterios para reconocimiento de créditos para la adaptación a los futuros Grados


Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente.

CRITERIOS GENERALES PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS PARA LA ADAPTACIÓN DE EXPEDIENTES PROCEDENTES DE LAS ENSEÑANZAS DE LOS TÍTULOS ANTIGUOS de la UNED RELEVADOS POR LOS GRADOS. (Aprobados por el Consejo de Gobierno de 24 de junio de 2008).

PREÁMBULO
Según lo dispuesto en el art. 6.1 del RD 1393/2007, la Universidad Nacional de Educación a Distancia debe proceder a aprobar y hacer pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos. En este contexto, las normas que en este momento se aprueban abordan el reconocimiento de créditos en el caso de expedientes procedentes de las enseñanzas de los títulos antiguos de la UNED relevados por los Grados.
Las presentes normas se han elaborado con la pretensión de contemplar siempre la posición más favorable para el alumno, y permitiendo un criterio de flexibilidad en su aplicación por parte de las Facultades y Escuelas, que serán las que determinen, en función del marco que se establece en estas normas, los criterios concretos en cada una de las titulaciones de las Facultades y Escuelas.
Sólo serán objeto de este proceso de reconocimiento los créditos previamente cursados en las enseñanzas del título de la UNED al que da relevo el Grado al que solicita admisión el alumno, o previamente convalidados en el momento de la admisión en el título de la UNED.
A efectos de la consideración del valor del crédito como unidad de medida, en el caso de la UNED, teniendo en cuenta su metodología y la extensión y profundidad de sus enseñanzas, podría entenderse que el crédito de los planes actuales equivale a 25 horas de trabajo del alumno y, por tanto, sería equiparable al valor del crédito ECTS en los nuevos Grados.
Teniendo en cuenta estas consideraciones, se aprueban las siguientes
1 2
NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS PARA EXPEDIENTES PROCEDENTES DE LAS ENSEÑANZAS DE LOS TÍTULOS ANTIGUOS DE LA UNED RELEVADOS POR LOS GRADOS
Capítulo I. Normas y criterios para la elaboración de las tablas de equivalencia para la adaptación de expedientes.
1.- El reconocimiento de créditos deberá realizarse teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien atendiendo a su carácter transversal. Podrá realizarse analizando esta adecuación: por materias (conjunto de asignaturas por conjuntos de asignaturas), asignatura por asignatura, o por el papel otorgado a dichos créditos en ambos planes de estudios (prácticas profesionales, créditos optativos y créditos de libre configuración, por sus homólogos).
2.- Como norma general, el valor del crédito de los planes en extinción tendrá una correspondencia con los créditos ECTS de los Grados, con la única excepción de los apartados referidos a los créditos de libre configuración reconocidos en origen o el prácticum (según lo valore la Facultad o Escuela), sin perjuicio de lo dicho en el apartado 1.
3.- Cuando la similitud de competencias o conocimientos asociados a las materias de ambos planes lo justifique, el valor del número de créditos reconocidos a través de la/s asignatura/s del Grado (en el que se solicita la admisión) podrá superar el valor numérico de créditos de la asignatura o conjunto de asignaturas de procedencia, hasta un máximo del 40%.
Capítulo II. Normas complementarias de reconocimiento de créditos.
4.- Los créditos de libre configuración reconocidos originalmente por actividades de extensión universitaria, culturales, innovación o de representación serán reconocidos en el Grado en que se ingresa, a razón de 2 créditos actuales por 1 ECTS (hasta un máximo de 6 créditos ECTS), por coherencia con la diferencia de criterios en la normativa aplicable a partir de la implantación del crédito europeo.
5.- Los créditos cursados por el estudiante (incluyendo créditos de libre configuración cursados) en las enseñanzas de Licenciatura, Diplomatura o Ingenierías de la UNED, que no resultaran reconocidos, a través del análisis de la adecuación de conocimientos y competencias señalado en el punto 1, podrán ser reconocidos a través de:
a) el cupo de hasta un máximo de 6 créditos académicos a reconocer por actividades diversas contempladas en el artículo 14.8 del RD 1393/2007,
3
b) los créditos optativos del Grado, en al menos 5 créditos y hasta el máximo que estipule la Facultad/Escuela responsable del título, de forma general o específica para cada caso, y
c) las materias de formación básica de las enseñanzas del Grado (que no hayan sido ya reconocidas por el análisis previo contemplado en el punto 1), empezando por aquellas ajenas a la rama principal a la que se adscribe el título y hasta un máximo de 24 créditos.
1
1 1 Los preceptos del RD 1393/2007 que han de tenerse en cuenta a efecto de reconocimiento y transferencia de créditos son los siguientes:
Artículo 6. Reconocimiento y transferencia de créditos.
1. Con objeto de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, tanto dentro del territorio nacional como fuera de él, las universidades elaborarán y harán pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, con sujeción a los criterios generales que sobre el particular se establecen en este Real Decreto.
2. A los efectos previstos en este Real Decreto, se entiende por reconocimiento la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
Asimismo, la transferencia de créditos implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
3. Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursados en cualquier universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título, regulado en el Real Decreto 1044/2003 de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título.
(…)
Artículo 13. Reconocimiento de Créditos en las enseñanzas de Grado.
Además de lo establecido en el artículo 6 de este Real Decreto, la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de grado deberán respetar las siguientes reglas básicas:
a. Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
b. Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.
c. El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

(…)
Artículo 14. (…) 8. De acuerdo con el artículo 46.2.i de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado.
(…)
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Efecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior ordenación.
1. Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del presente Real Decreto mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales.
2. Quienes, estando en posesión de un título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, pretendan acceder a enseñanzas conducentes a un título de Grado obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del presente Real Decreto.
3. Quienes, estando en posesión de un título oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un título oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el artículo 13 del presente Real Decreto.


Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 1 PLANES DE IMPLANTACIÓN Y PLANES DE EXTINCIÓN
CALENDARIO Y CONDICIONES DE APLICACIÓN
(Aprobado en Consejo de Gobierno del 24 de junio de 2008)
Introducción
Según se establece en la DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA del RD 1393/2007, apartado 1, “La implantación por las universidades de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos previstos por este Real Decreto, podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista en el correspondiente plan de estudios”. Asimismo, en el apartado 2 se dispone que “En el curso académico 2010-2011 no podrán ofertarse plazas de nuevo ingreso en primer curso para las actuales titulaciones de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico”.
Por otro lado, la DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA del citado Real Decreto establece que “Los alumnos que hayan comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrán acceder a las enseñanzas reguladas en este Real Decreto, previa admisión de la Universidad correspondiente de acuerdo con lo establecido en este Real Decreto y en la normativa de la propia universidad”.
Por último, en la DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA del RD 1393/2007 se dispone que “A los estudiantes que en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, hubiesen iniciado estudios universitarios oficiales conforme a anteriores ordenaciones, les serán de aplicación las disposiciones reguladoras por las que hubieran iniciado sus estudios, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda de este Real Decreto, hasta el 30 de septiembre de 2015, en que quedarán definitivamente extinguidas”.
Teniendo en cuenta esta normativa, así como lo dispuesto en el art. 11.2.3 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, procede aprobar un calendario de implantación de los nuevos títulos de Grado, junto con un calendario de Extinción de las antiguas titulaciones, así como la normativa y condiciones de aplicación de dichos calendarios.
Este calendario y su procedimiento de aplicación tienen como objetivos, además de responder a la obligación normativa derivada de los citados Reales Decretos, favorecer la movilidad de los estudiantes de las enseñanzas actuales a las enseñanzas de Grado en las mejores condiciones posibles. De
Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 2
este modo se pretende por una parte garantizar los niveles adecuados de formación de las materias en extinción y la obtención de resultados de aprendizaje, y por otra facilitar su posible incorporación a las enseñanzas de Grado en el momento en que el estudiante se vea obligado a hacerlo, o en el que estime conveniente.
1. Calendarios:
1.1 Calendario de implantación de Grados y extinción de la Licenciatura o Ingeniería a la que han dado relevo.
a) Supuestos en que se inicie la implantación del Grado en el curso 2009/2010
2009/10
2010/11
2011/12
2012/13
2013/2014
2014/2015
Implantación
1º Grado
Implantación
2º Grado
Implantación
3º G
Implantación
4º G
Ext 1º(1)
Ext Adaptación (en sucaso) (1)
Ext 1º (2)
Ext 2º (1)
Ext Adaptación (en su caso) (2)
Ext 2º(2)
Ext 3º(1)
Ext 3º (2)
Ext 4º (1)
Ext 4º(2)
Ext 5º (1)
Ext 5º (2)
Tribunal de Compensación

b) Supuestos en que se inicie la implantación del Grado en el curso 2010/2011
2009/10
2010/11
2011/12
2012/13
2013/14
2014/2015
Implantación
1º Grado
Implantación
2º Grado
Implantación
3º Grado
Implantación
4º Grado
Ext 1º(1)
Ext Adaptació
Ext 1º(2)
Ext 2º(1)
Ext 2º(2)
Ext 3º(1)
Ext 3º (2)
Ext 4º (1)
Ext 4º (2)
Ext 5º (2)
Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 3
n (en sucaso) (1)
Ext Adaptación (en su caso) (2)
Ext 5º (1)
Tribunal de Compensación
Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 4
1.2. Calendario de implantación de Grados con inicio en el curso 2010/2011 y extinción de la actual Licenciatura de 2º ciclo a la que da relevo
2009/10
2010/11
2011/12
2012/13
2013/14
2014/2015
Implantación
1º Grado
Implantación
2º Grado
Implantación
3º G
Implantación
4º G
Ext. Complementos Formativos (1)
Ext 1º.(1)
Ext. Complementos Formativos(2)
Ext 1º.(2)
Ext 2º (1)
Ext 2º (2)
.
Tribunal de Compensación

1.3. Calendario de implantación y de extinción de las actuales Diplomaturas e Ingenierías técnicas:
a) Supuestos en que se inicie la implantación del Grado en el curso 2009/2010
2009/10
2010/11
2011/12
2012/13
2013/2014
2014/2015
Implantación
1º Grado
Implantación
2º Grado
Implantación
3º G
Implantación
4º G
Ext 1º(1)
Ext 1º (2)
Ext 2º (1)
Ext 2º(2)
Ext 3º (1)
Ext 3º (2)
Tribunal de Compensación
Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 5
b) Supuestos en que se inicie la implantación del Grado en el curso 2010/2011
2009/10
2010/11
2011/12
2012/13
2013/14
2014/2015
Implantación
1º Grado
Implantación
2º Grado
Implantación

Implantación
4º G
Ext 1º (1)
Ext 1º(2)
Ext 2º(1)
Ext 2º (2)
Ext 3º (1)
Ext 3º (2)
Tribunal de Compensación

2. Normativa y condiciones de aplicación de los planes de extinción
1.
Los estudiantes matriculados en asignaturas de los Planes a extinguir tendrán derecho a cuatro convocatorias de examen consecutivas (dos por matrícula de curso académico), contadas a partir de la fecha de extinción oficial del curso correspondiente, sin tener en cuenta las convocatorias que pudieran haber consumido previamente a la extinción. A estos efectos, se considerarán como convocatorias las de febrero (cuatrimestral)/junio y septiembre de los dos cursos consecutivos correspondientes al inicio de la extinción del Plan antiguo.
2.
Durante el proceso de extinción se mantendrá el sistema ordinario de exámenes, es decir, se celebrarán pruebas presenciales en los meses de Febrero, Junio y Septiembre. En las asignaturas de carácter anual se mantendrán las primeras y segundas pruebas presenciales, en las mismas condiciones que en la fase ordinaria de impartición de docencia.
3.
Durante el proceso de extinción se mantendrá la atención docente de los departamentos a estas asignaturas, incluyendo los horarios de atención al estudiante, cursos virtuales y, en su caso, las prácticas obligatorias y el Prácticum. Las prácticas de las asignaturas que ya hayan entrado en proceso de extinción se realizarán en Madrid o en los Centros Asociados, según las características de cada título y curso. Se suspenderán las tutorías ordinarias en los Centros Asociados, excepto las ligadas
Vicerrectorado de Espacio Europeo y Planificación Docente 6

a las prácticas obligatorias que les correspondan y a la tutorización del Prácticum.
4.
El estudiante podrá disfrutar del régimen de convocatorias previsto en este plan de extinción si ha estado previamente matriculado en ese título, aunque no haya estado matriculado específicamente en la asignatura que inicia su proceso de extinción.
5.
Una vez iniciado el proceso de extinción de un título, no podrán ser admitidos alumnos de nuevo ingreso para iniciar los estudios correspondientes a ese título.
6.
No podrán ser admitidos estudiantes de nuevo ingreso por traslado de expediente de otras universidades, en el caso de que, como consecuencia de las convalidaciones, resultase pendiente de cursar alguna asignatura correspondiente a un curso que ya ha iniciado su proceso de extinción.
7.
No se aplicará lo dispuesto en el apartado anterior en el caso de que el estudiante proceda de otros títulos de la UNED. En este supuesto, el estudiante no podrá ser admitido si, una vez hechas las convalidaciones, resultase pendiente de cursar más de una asignatura correspondiente a un curso que ya haya finalizado su proceso de extinción.
8.
En su caso, El estudiante podrá continuar en las enseñanzas del título en extinción aunque le quede pendiente de superar una asignatura de los cursos totalmente extinguidos, en la medida en que la asignatura pendiente pudiera ser objeto de compensación en un momento posterior.
9.
Una vez que al estudiante le quede pendiente de superar más de una asignatura ya completamente extinguida, de manera que no pudiera llegar a obtener ese título oficial, no podrá continuar en las enseñanzas de ese título y deberá adaptarse a las nuevas enseñanzas de Grado, si desea continuar sus estudios en ese ámbito.
10.
El acceso al nuevo Grado será irreversible, de modo que los estudiantes no podrán reincorporarse a planes de estudio en extinción. Asimismo, no se podrá estar matriculado simultáneamente en un título en extinción y en el Grado que da relevo a ese título.
11.
Las tasas por servicios académicos correspondientes a las asignaturas en proceso de extinción se reducirán al 80% de su precio ordinario, en consideración a la suspensión de las tutorías.

http://www.uned.es/educacionXX1/

Resumen de prensa sobre la dimisión de nuestro director Gerino

La UNED tiene que empezar a tomarse las cosas en serio, nuestro centro asociado cubre a casi cinco mil alumnos, se encarga de la formación permanente y continua de infinidad de personas que compatibilizan sus trabajos y familias con el aprendizaje a lo largo y ancho de su vida, ofreciendo lo mejor a la sociedad.
La UNED tiene que comenzar por preguntarse: cuáles han sido los motivos de que hasta ahora todos hayan estado callados, o esto es un nuevo pasaje de la picaresca española: "Nos callamos mientras todos hacemos lo que queremos"; la UNED tiene que ser muy seria y exigir que el imperio de la ley sea igual para todos, y poner los pies en el suelo , para que no vuelva a suceder lo que tuvimos que aguantar en la reunión del patronato, --y en la crisis o huelgas sufridas constantemente--, donde el Vicerrector de Centros asociados --todavía hoy no ha dado una explicación-- , hasta llegó a decir que lo de Vigo, --el Aula era un cuento y se enteró por la prensa--; los clientes discentes que pagamos la UNED no vamos a permitir que se disminuya la calidad y que vituperen a nuestros profesores o trabajen por menos rentas que otros, ni ningunén a nuestro director, y creemos que en el fondo subyacen otras cuestiones, y la de primer orden una rigurosa adaptación del centro a la nueva cultura de la calidad y de la excelencia, los estudiantes por supuesto no vamos a estar quietos.

Gerino Calvo tilda de «jaque mate» las denuncias de tutores de la Uned.





El todavía director en funciones regresará a la docencia en la Universidade de Vigo a partir del 17 de octubre
El director en funciones de la Uned en Pontevedra, Gerino Calvo, explicó ayer públicamente los motivos que le han llevado a abandonar su puesto en la cúpula directiva de la universidad a distancia. La esperada aparición del que ahora vuelve a su faceta docente se centró en explicar cómo la denuncia de 25 tutores del centro de Monte Porreiro le habían situado entre la espada y la pared por la incompatibilidad de horarios que ostenta, en lo que acabó tildando de «jaque mate».
Hace unos días, Calvo presentaba al rector de la Uned su renuncia al cargo de dirección que venía ocupando desde hace seis años, a pesar de que a su mandato le restan dos cursos más. El motivo es precisamente la denuncia conjunta de ese grupo de tutores de la institución académica ante el Ministerio de Administraciones Públicas. La solución, como asegura el propio Gerino, podría ser «renunciar a la dedicación a tiempo completo para pasar a la plena y compatibilizar la dirección de la Uned con las clases en la Universidade de Vigo», pero no quiere y opta por seguir solo en la universidad gallega.
En su defensa, el todavía director, alega que «las dos terceras partes de los directores de la Uned en España están en esta misma situación» y recuerda que «cuando acepté la dirección renuncié a las funciones de tutor», algo que no había hecho su antecesor en el cargo de máxima responsabilidad.
Gerino explicó además que la jurisprudencia española establece que «los profesores universitarios tenemos la posibilidad de trabajar 75 horas al año de dedicación tutorial, que es lo que permite que los tutores puedan trabajar en la Uned y algunos de los denunciantes lo superan».
Cobrando en negro
Una de las razones que pueden explicar esta dimisión es la reducción salarial que sufrió el profesorado, y el propio director, cuando Calvo tomó el mando. Hasta entonces -revela Gerino- «casi el 50% del presupuesto estaba sin regularizar ante Hacienda», lo que tilda de «escándalo», sobre todo teniendo en cuenta que Pontevedra «era el único caso en Galicia y uno de los pocos de toda España». Ahí se gestó una considerable reducción salarial colectiva que disgregó la unión interna del centro.
Con respecto a la situación de déficit económico, el todavía director (hasta que se celebre la apertura del curso el próximo día 17 de octubre) asegura que es «óptima» y que la deuda es «casi cero



El ex director de la Uned vincula el conflicto con los profesores a que un 50% cobraba en negro
Etiquetas: Gerino, Uned, dimisión
L.P. (Pontevedra).
El ex director del centro asociado de la Universidad a Distancia (Uned) de Pontevedra situó ayer el origen del conflicto en el que está sumida la institución en la regularización que impulsó ante Hacienda porque casi un 50 por ciento del profesorado “estaba cobrando en negro” y que el centro se encontraba “en una situación ilegal”.
“Aquello era un escándalo”, manifestó Gerino Calvo, que presentó su dimisión irrevocable, una decisión vinculada a la apertura de un expediente por parte del rector de la Universidade de Vigo por incompatibilidad entre cargos. Según sus cuentas, fueron 25 profesores los denunciantes. Otras fuentes hicieron hincapié, sin embargo, que en primer término fueron 24 los firmantes, pero que al poco tiempo la cifra ascendió a 46.
Calvo manifestó que sospechaba que los tutores optarían por la compatibilidad para denunciarle, después de haber sido ratificado en el cargo. “Era la única vía. La única y la mejor estrategia que tenían”, relató en referencia a las posibilidades con las que contaba la abundante corriente de críticos para que dejase su puesto. Subrayó que, a las molestias por la regularización ante Hacienda, se sumó una reducción de la beca (la aportación que cobra cada tutor por la docencia que imparte) de 12 a 10 meses aprobada por la Junta Rectora.
El ex director de la Uned no escondió que ha incurrido en incompatibilidad. De hecho, apuntó que su situación era conocida por “todos”, incluso por los responsables de la Universidade de Vigo. Indicó que dos tercios de los directores de Universidad Nacional de Educación a Distancia se encuentran en su misma situación: “La Administración no hace nada en contra de ellos. Yo no lo he escondido durante seis años”, refirió.
En cuanto a su salario (2.070 euros sin dietas, una cantidad que supera en unos 600 euros a la que cobra un rector), manifestó que en el curso 2002-2003 (cuando asumió el cargo), el sueldo ya establa establecido. Aseguró que, en la actualidad, el director y el secretario cobran menos que en 2002 y “menos que el equipo directivo anterior”.
Gerino Calvo dejará definitivamente el centro próximamente, tras el acto de inauguración del curso. A los pocos días de esa celebración, cerrará su etapa como director de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Pontevedra, el segundo centro que la institución impulsó en España y que, por el nivel de los docentes y por sus características, se considera un referente.

jueves, 25 de septiembre de 2008

Dimisión irrevocable de nuestro director del Centro UNED Pontevedra

Dimisión irrevocable de nuestro director del Centro UNED Pontevedra .

Gerino Calvo deja la UNED por «incompatilibidad»El ya ex director presentó ayer su dimisión irrevocable al rector.El profesor Gerino Calvo Maquieira presentó ayer su dimisión como director del centro de la UNED en Pontevedra, tras seis años al frente del mismo. El motivo que le llevó a comunicar su dimisión «de forma irrevocable» ante el rector de la Universidad a Distancia se debe a la incompatibilidad existente entre el cargo de director y el de profesor de la Universidade de Vigo, de la que forma parte como docente de la Facultad de Ciencias de la Educación.La dimisión de Gerino Calvo, que se venía barajando en diversos círculos a raíz del malestar de algunos tutores por el recorte salarial aprobado durante el pasado curso por el Patronato que rige el centro de la Uned de Pontevedra, se confirmó ayer por la tarde a través de un comunicado, que remite a una futura rueda de prensa para aclarar la situación.No en vano, el propio ex director ya de la UNED indicó ayer que su renuncia se debe «estrictamente» a motivos académicos de «incompatibilidad», que le hacían elegir entre mantenerse exclusivamente como director de este centro asociado o como profesor universitario.En el comunicado oficial se matiza que la marcha de Calvo Maquieira «obedece a razones extraacadémicas al centro universitario al frente del que ha estado durante estos últimos seis años».En antenaNo obstante, en una reciente intervención en Radio Voz Pontevedra, con motivo del próximo curso, el aún director reconocía que entre los tutores había «cierto malestar». Un sector no entiende el recorte en las nóminas que había aprobado el patronato para reducir los gastos que genera un centro que cuenta cada vez con mayor número de oferta en titulaciones, aunque este curso no está prevista su ampliación.Durante su comparecencia radiofónica, Gerino Calvo también indicó que en este momento la UNED de Pontevedra estaba ya prácticamente saneada. No en vano, antes de su llegada a la dirección, las cuentas del centro, además de tener cierta opacidad, arrastraban un importante déficit que rondaba los 35 millones de las antiguas pesetas.Otras fuentes al patronato que rige esta institución académica, aseguraron ayer que la marcha de Gerino Calvo no tiene nada que ver con cuestiones relativas a partidas presupuestarias

miércoles, 24 de septiembre de 2008

Ha fallecido nuestra compañera Concha en el Consejo Social de la UNED

Esta tarde nos han comunicado el triste suceso del fallecimiento de nuestra compañera Concha en el consejo social de la UNED, desde aquí, trasladar nuestro más sentido pésame a toda su familia, a la UNED, a la UGT y a todos aquellos que la conocían, simplemente era una buena mujer y luchadora, descanse en Paz.

Les comunicamos que ha fallecido la consejera de nuestro Consejo Social, Dª Concha Espinosa. Se encuentra en el Tanatorio Norte (junto al Ramón y Cajal) hasta mañana a las 9:15 de la mañana.

martes, 16 de septiembre de 2008

Aprobado el RD que regula el Registro de Universidades, centros y títulos

Aprobado el Real Decreto que regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), cuya gestión corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación. El RUCT recogerá la información actualizada relativa al sistema universitario español y será un instrumento indispensable para garantizar la calidad en las nuevas titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior.
La nueva concepción en el diseño de los títulos universitarios que se recoge en la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre) se basa en un proceso de autorización de las Comunidades Autónomas de verificación de los planes de estudios y de aprobación mediante acuerdo del Consejo de Ministros del carácter oficial de los títulos. Este proceso culmina con la inscripción en el RUCT como requisito necesario para la determinación del carácter oficial de los mismos.
El acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 29 de agosto, aprobó el establecimiento del carácter oficial de 107 títulos de Grado que requieren su inscripción en el RUCT, a cuyo efecto se promueve el presente real decreto.
La inscripción en el RUCT de los títulos oficiales tendrá carácter constitutivo. Dicha inscripción tendrá como efecto la consideración inicial de título acreditado. Además todos los procesos relativos a la renovación de la acreditación de los títulos, así como a la modificación y extinción de los planes de estudios conducentes a títulos oficiales deberán ser anotados en el RUCT. Y, a su vez, la inscripción, también, tendrá efectos informativos respecto de la situación jurídica de las universidades y centros, así como de los títulos.
Registro de Universidades, Centros y Títulos
El RUCT se estructura en tres secciones: universidades, centros y títulos, con cinco subsecciones de títulos: grado, master, doctorado, equivalentes y títulos no oficiales. Su gestión estará a cargo de la Dirección General de Universidades. En el Real Decreto se establecen, para cada una de las secciones, las normas relativas a su inscripción, al contenido de los asientos registrales y a la comunicación de los datos registrales.
Además, se regula el acceso al registro de los interesados y de las personas con discapacidad y la aportación de datos al Registro por medios electrónicos. Asimismo, se determina a quién se imputará la responsabilidad de la información contenida en los datos registrados en el RUCT. Por último, se prevé la incorporación al RUCT de la información contenida en el actual Registro Nacional de Universidades Centros y Enseñanzas.

miércoles, 30 de julio de 2008

Queja de estudiantes de Administrativo sobre evaluación de exámenes

Estudiantes del Centro Asociado de la carrera de Derecho han solicitado una estadística en materia de derecho administrativo, debido a que el departamento de dichas asignaturas presenta --según sus criterios-- una pésima forma de evaluar, El delegado de Centro y Nacional ha presentado por enésima vez dicha solicitud a la UNED y estamos a la espera de que nos indiquen de manera cuantitativa qué está pasando en este departamento, que presenta un número de aprobados especialmente bajo y significativo.
Reproduzco una de las solicitudes.
UNED
C.A. PONTEVEDRA
SR. DELEGADO DE CENTRO




ASUNTO: Solicitud estadística de las calificaciones del departamento de administrativo I, I, II y IV, correspondiente a la facultad de derecho.


por medio del presente Expone:


1. Que el objeto del presente escrito es solicitar estadística de las calificaciones emitidas por el departamento de administrativo desde que empezó a impartirse el plan nuevo de la facultad de derecho, desglosado por Centros Asociados.

2. Dicha solicitud viene determinada ante el alarmante crecimiento de disconformidad por parte de los alumnos que se examinan de dichas asignaturas.


3. La cuestión se agrava especialmente en el Centro Asociado de Pontevedra, del que usted es el actual delegado de alumnos. Como usted conoce los alumnos de dicho centro hemos mantenido reunión con representante del departamento de administrativo planteándole las distintas problemáticas con las que nos enfrentamos en dichas asignaturas.

4. Dicha reunión que estuvo siempre presidida por la voluntad de, oír las razones de los responsables del departamento, otorgando siempre el beneficio de la duda y respetando en todo momento la posición de más saber que, sin lugar a dudas, pertenece a nuestros profesores, no nos han dejado satisfechos.


5. Pese a ello, hemos esperado prudentemente para ver la evolución del curso, pero ante la continuidad de la insatisfacción por parte de los alumnos, no nos queda más remedio que desdeñar el sistema evaluador y comenzar a realizar las averiguaciones pertinentes que deriven en el grado de equilibrio y justicia que los alumnos que trabajamos con ilusión en nuestro estudios nos merecemos.


Por todo lo expuesto,
Solicito:

Admita el presente escrito y previos los tramites pertinentes, solicite la emisión de la estadística de las calificaciones de los alumnos matriculados en las asignaturas de derecho administrativo de la facultad de derecho, desglosando por porcentajes de alumnos aprobados y suspensos, así como por Centros Asociados.

martes, 1 de julio de 2008

Resumen sobre la aplicación del EEES, hecho por Daniel Marín Arrollo.

Resumen efectuado por el Compañero Daniel Marín Arrollo , del centro de Valdepeñas.



Nuestra universidad tiene intención de iniciar en el curso 2009 – 2010 la implantación de las nuevas titulaciones universitarias, de acuerdo con los acuerdos adoptados en la UE y que corresponden con el Espacio Europeo de Educación Superior (en adelante, EEES). En la reunión de Delegados de Centro celebrada los pasados 21 y 22 de junio de 2008 en Alcalá de Henares se nos informó, por parte de la Vicerrectora de Espacio Europeo y Planificación Docente, de las innovaciones que esto va a suponer para nosotros, para los alumnos. Nos gustaría, desde esta delegación, informaros de las condiciones en las que se va a producir el cambio de nuestros actuales planes de estudio por los europeos (hablamos de los grados y no de los postgrados).
En primer lugar, tienes que tener en cuenta que todas las carreras serán de cuatro años. Ello supondrá que las licenciaturas reducirán su duración en un año, mientras que lo aumentarán las diplomaturas. Lo segundo que tienes que saber es que los créditos europeos (de ahora en adelante ECTS) van a ser convalidados en la UNED con la relación 1 a 1. Es decir, que un crédito actual de nuestra Universidad equivale a un crédito ECTS. Esto es importante, sobre todo a efectos de convalidaciones (como más adelante os explicamos).

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Ya hemos comentado que un crédito UNED es un crédito ECTS. Sin embargo, hemos de hacer aquí algunas apreciaciones:

G En primer lugar, los créditos de libre configuración reconocidos por actividades de extensión universitaria, culturales, innovación o representación tendrán una equivalencia de dos créditos actuales por uno ECTS. Es decir, que si tenemos dos créditos de libre configuración reconocidos por un curso que hayamos hecho, con los nuevos planes educativos universitarios nos reconocerán tan sólo uno. Además, este reconocimiento sólo se hará hasta un máximo de 6 créditos ECTS.
G Los créditos cursados se reconocerán de las siguientes maneras:
9 Por materias.
9 Asignatura por asignatura.
9 Por prácticas profesionales, créditos optativos o de libre configuración.
G Si resultara que, tras este procedimiento, al alumno le quedasen aún créditos cursados por reconocer, se recurrirá a la siguiente metodología:
9 Hasta un máximo de 6 créditos académicos por actividades diversas (contempladas en el art. 14.8 del RD 1393/2007).
9 Créditos optativos (mínimo de 5 créditos y un máximo que establecerá cada Facultad o escuela).
9 Hasta un máximo de 24 créditos de materias de formación básica de las enseñanzas del Grado y que no hayan sido reconocidas con anterioridad.

CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN

Aunque hemos afirmado en el primer párrafo que la UNED tiene intención de implantar los nuevos grados en el curso 2009-10, también se ha planteado la posibilidad de que ese establecimiento se haga en el curso 2010 – 2011. De cualquier manera y se haga como se haga, tienes que tener en cuenta algunos aspectos:

G No se admitirán matrículas en los planes que actualmente tenemos en el curso 2010-2011. Es decir, que a partir de este curso sólo nos podremos matricular en los nuevos grados.
G La extinción total de nuestros actuales planes de estudio se hará en el curso 2014-2015. Esto quiere decir que si un alumno no ha terminado su carrera para el final de este curso tendrá que cambiarse, obligatoriamente, a los nuevos grados.

A continuación os ofrecemos un calendario de implantación que contempla las posibilidades comentadas. Los dos primeros se refieren a carreras de cinco años, mientras que los tres últimos se refieren a carreras de dos y de tres años, respectivamente.

SI LA IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS SE HACE EN EL CURSO 2009/2010…
2009/2010
2010/2011
2011/2012
2012/2013
2013/2014
2014/2015
IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS
Primer Grado
Segundo Grado
Tercer Grado
Cuarto Grado
Extinción 4º plan antiguo (segundo año)
Extinción 5º plan antiguo (primer año)
Extinción 5º plan antiguo (segundo año)
Extinción de 1º plan antiguo (primer año)
Extinción 1º plan antiguo (segundo año)
Extinción de 2º plan antiguo (primer año)
Extinción 2º plan antiguo (segundo año)
Extinción 3º plan antiguo (primer año)
Extinción 3º plan antiguo (segundo año)
Extinción 4º plan antiguo (primer año)
Tribunal de compensación


SI LA IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS SE HACE EN EL CURSO 2010/2011…
2009/2010
2010/2011
2011/2012
2012/2013
2013/2014
2014/2015
IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS

Primer Grado
Segundo Grado
Tercer Grado
Cuarto Grado
Extinción 5º plan antiguo (segundo año)
Extinción 5º plan antiguo (segundo año)
Extinción 1º plan antiguo (primer año)

Extinción 1º plan antiguo (segundo año)
Extinción 2º plan antiguo (primer año)
Extinción 2º plan antiguo (segundo año)
Extinción 3º plan antiguo (primer año)
Extinción 3º plan antiguo (segundo año)
Extinción 4º plan antiguo (primer año)
Extinción 5º plan antiguo (primer año)
Tribunal de compensación
IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS EN EL CURSO 2010/2011
2009/2010
2010/2011
2011/2012
2012/2013
2013/2014
2014/2015
IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS

Primer Grado
Segundo Grado
Tercer Grado
Cuarto Grado

Extinción complementos formativos (primer año)
Extinción de 1º plan antiguo (primer año)
Extinción complementos formativos (segundo año)
Extinción 1º plan antiguo (segundo año)
Extinción 2º plan antiguo (primer año)
Extinción 2º plan antiguo (segundo año)

Tribunal de compensación



SI LA IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS SE HACE EN EL CURSO 2009/2010…
2009/2010
2010/2011
2011/2012
2012/2013
2013/2014
2014/2015
IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS
Primer Grado
Segundo Grado
Tercer Grado
Cuarto Grado

Extinción de 1º plan antiguo (primer año)
Extinción 1º plan antiguo (segundo año)
Extinción de 2º plan antiguo (primer año)
Extinción 2º plan antiguo (segundo año)
Extinción 3º plan antiguo (primer año)
Extinción 3º plan antiguo (segundo año)

Tribunal de compensación


SI LA IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS SE HACE EN EL CURSO 2010/2011…
2009/2010
2010/2011
2011/2012
2012/2013
2013/2014
2014/2015
IMPLANTACIÓN DE LOS GRADOS

Primer Grado
Segundo Grado
Tercer Grado
Cuarto Grado
Tribunal de compensación
Extinción 1º plan antiguo (primer año)

Extinción 1º plan antiguo (segundo año)
Extinción 2º plan antiguo (primer año)
Extinción 2º plan antiguo (segundo año)
Extinción 3º plan antiguo (primer año)
Extinción 3º plan antiguo (segundo año)


Por último, queremos ofrecerte la normativa y las condiciones de aplicación de estos planes de extinción:

G Los estudiantes que queden en los planes antiguos tendrán cuatro convocatorias de examen consecutivas contadas a partir de la fecha de extinción oficial del curso.
G Se mantendrá el sistema ordinario de exámenes (febrero, junio y septiembre).
G Se mantendrá la actividad docente, excepto las tutorías en los Centros asociados.
G Cuando se inicie el proceso de extinción no podrán ser admitidos alumnos de nuevo ingreso, ni tampoco por traslado de expediente.
G El estudiante podrá continuar en las enseñanzas del título aunque le quede pendiente de superar una asignatura de los cursos totalmente extinguidos.
G Si al estudiante le queda pendiente de superar más de una asignatura totalmente extinguida, tendrá que cambiar de plan.
G Las tasas por servicios académicos correspondientes a las asignaturas en proceso de extinción se reducirán al 80 % de su precio ordinario.

Y esto es lo principal que nos van a traer los nuevos planes de estudio. Además, puedes dirigirte por vía postal a la siguiente dirección:

Delegación de alumnos del centro asociado de Pontevedra

Contactar con sotros en la siguiente dirección de e-mail: josepineiro@asesoriaeia.com Saludos.